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  Que no te cojan de...
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28 de julio de 2010

Primera Hora

Las multas que muchos ciudadanos reciben cuando olvidan colocar el dinero en un parquímetro o se agota el tiempo que pagó no representan amenaza alguna para la licencia del vehículo porque no pueden gravarse a la licencia, según los establece la Ley 22 de Tránsito.

Aunque el beneficio de los parquímetros pudiera ser alto para las zonas urbanas con gran cantidad de visitantes, la realidad es que los recursos humanos utilizados para multar a aquellos que no cumplen con el pago establecido no está autorizado por Ley para multar, por lo que el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) no recibe información sobre el boleto y no tiene por qué cobrarlo.

Los afectados, en este caso, son los municipios porque dejan de devengar dinero por las multas luego de la alta inversión que realizan en esos instrumentos, pues los multados no tienen que pagar las infracciones.

Son varios los municipios que cuentan con el sistema de parquímetros (San Juan, Mayagüez, Caguas, Aguas Buenas, Aibonito, entre otros), y que sólo pueden imponer multas administrativas a los autos estacionados fuera del reglamento establecido.

Sin embargo, la Ley de Tránsito establece que sólo los policías (estatales y municipales) y los empleados autorizados e identificados del DTOP pueden expedir boletos de multas que sean gravadas a la licencia del auto pues ningún otro individuo no autorizado puede tener acceso a la información privada del registro del medio de transporte que la agencia guarda.

El director de los Centros de Servicios al Conductor, Heriberto Pérez, aclaró que las multas que se emiten por mal uso de los parquímetros pueden ser gravadas a las licencias de los vehículos si el municipio utiliza sus policías para esos fines.

"Hay municipios que alquilan el equipo y son los policías municipales los que emiten el boleto, se entrega al municipio y se digitaliza y nos llega y los gravamos", comentó Pérez, quien sostuvo que sólo pueden trabajar en el DTOP los casos de municipios autónomos que presenten una ordenanza a esos fines.

Sin embargo, no pudo precisar desde cuándo están gravando las multas de esa forma, aunque dijo que el proceso está detenido porque "estamos verificando que tengamos las ordenanzas para poder gravar la información".

De todas formas, los conductores afectados deben corroborar en el sistema de información del DTOP para conocer si la falta fue gravada, realizar las averiguaciones pertinentes sobre la procedencia de la expedición del boleto y presentar una solicitud de revisión en su municipio de entender que es incorrecta la información.

Según supo Inter News Service, algunos ciudadanos se han percatado de esta situación cuando acuden a pagar los boletos y son orientados por personal del DTOP sobre la realidad de la Ley y otros cuando solicitan recursos de revisión y son desestimados porque los que lo expidieron "regularmente" no llegan a la cita.