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  Que no te cojan de...
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Presidente Cameral Jaime Perello / Foto por: Noticel

29 de mayo de 2016

Servicios Combinados

El actual presidente de la Cámara de Representantes de Puerto Rico y aspirante a la reelección en las próximas primarias del partido Popular  Jaime Perelló Borras está siendo nuevamente de las suyas con alegadas actuaciones de índole inmoral en contra los consumidores en la Isla.  Pero otro inmoral que no se queda atrás es el presidente de la Comisión de Telecomunicaciones de la Cámara el representante Javier Aponte Dalmau que luego de vistas públicas y un “media tour” donde había anunciado que el proyecto del Senado sería enmendado permitió a su jefe político eliminar la enmiendas con su consentimiento.

 

 

El pasado viernes 27 de mayo del 2016 a las 5:01 de la tarde se radicó el informe para la aprobación por parte de la Cámara que él preside, el Proyecto del Senado 1370 cual está incluido para su aprobación en la sección del próximo martes 31 de mayo a las 11AM.

En www.doctorshoper.com nos despertó la curiosidad y nos preguntamos por qué un proyecto que según sus proponentes seria de beneficio a los consumidores se radicaría el informe un viernes entrada la noche como “Ratones de ferretería”, un fin de semana largo para verse el martes en la mañana.

 

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Por otro lado el cartel de la telecomunicaciones liderada por la mexicana Claro bombardeando con anuncios en los medios a Perello para que aprobara el proyecto sin enmiendas. Nosotros en www.doctorshoper.com ya teníamos conocimiento de que el proyecto en la comisión estaba siendo enmendado supuestamente de forma equitativa.

Pero Perelló en un acto “Anaudiesco” cogió el entirillado del informe con las enmiendas radicadas por el presidente de la Comisión de Telecomunicaciones el representante Javier Aponte Dalmau y las eliminó todas con el único propósito de complacer a los del cartel de las Telecomunicaciones.

Veamos las enmiendas que de golpe y porrazo Perelló eliminó en detrimento del mejor bienestar de los consumidores:

  1. Página 4 – en exceso de los límites que por la presente Ley se dispone.
  2. Página 5, Sección A- en el sector privado.

Excepto cuando por situaciones geográficas, de distancia o falta de los servicios suministrados por las compañías privadas de telecomunicaciones exista alguna área en Puerto Rico que este provista de estos servicios de telecomunicaciones, cable televisión o información, previamente mencionados;

  1. Página 5, Sección B- Limitar en el sector gubernamental que las agencias, departamentos, corporaciones municipales y subdivisiones políticas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, provean al detal, servicios de telecomunicaciones, servicios de información (incluyendo sin que se entienda como una limitación, data, banda ancha, y acceso a la internet), cable televisión, IPTV y DBS, ya sea de forma directa o a través de alguna división, subsidiaria o tercero.
  2. Página 10, Sección A- Excepto que la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones de Puerto Rico haga una excepción, al determinar con prueba fehaciente que existe algún área de Puerto Rico desprovista de estos servicios, ya sea por su ubicación o situación geográfica, la distancia o falta de los servicios suministrados por las compañías privadas.
  3. Página 10, Sección B- continuara otorgando contratos, extensiones de contratos y renovando contratos, por tales servicios al detal dentro del sector público, hasta un máximo de lo que represente el veinte por ciento (20%) del mercado dentro de dicho sector, ya sea a nivel Isla (sin contar con capacidad de servicio a nivel municipal). La Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones de Puerto Rico será la agencia encargada de determinar anualmente, a través  de la realización de un estudio de mercado, cual es el porcentaje que domina dicha agencia, departamento, corporación pública, municipio, corporación municipal y subdivisión, ya sea de forma directa o a través de alguna división, subsidiaria o tercero. Al llegar al porcentaje máximo, no podrá contratar con nadie más para proveerle dichos servicios.
  4. Página 10, Sección D- Toda agencia, departamento, corporación pública, municipio, corporación municipal y subdivisión política del Estado Libre Asociado, que provea; al por mayor, servicios de telecomunicaciones, servicios de información, cable televisión, IPTV y DBS, ya sea de forma directa o a través de alguna división, subsidiaria o tercero, podrá continuar con sus contratos, podrán negociar extensiones de contrato y renovación de contrato por tales servicios al por mayor en el sector privado de Puerto Rico, sujeto a lo dispuesto en la presente ley.

Por otro lado el entirillado sometido por la Comisión indicaba que dicha ley tomaría vigencia a los 90 días de haberse aprobado la misma pero la versión de Perelló indica que será en 30 días.

Como han podido constatar todas las enmiendas que fueron sometidas por el representante Javier Aponte Dalmau fueron eliminadas por Perello.

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En www.doctorshoper.com vemos nuevamente como un individuo como Jaime Perelló mejor conocido como el Congresista A en el pliego acusatorio federal y sus alegados vínculos con el contratista hoy declarado culpable Anaudi Perez se presta a cambio de que, de tajurear con legislación que atenta contra el derecho de los consumidores de tener un internet digno.

Como dicen en la calle Perello se vende como “ramera” barata.