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Alianza Cooperativas de Salud

San Juan, P.R. (17 de julio de 2012) La Alianza de Cooperativas de Salud y el Colegio de Médicos Cirujanos de Puerto Rico se manifestaron hoy en contra de toda ley que avale la interferencia de organizaciones intermediarias en el tratamiento que reciben los pacientes. Señalan como ejemplo la Ley 194 del 29 de agosto de 2011, conocida como el Código de Seguros de Salud de Puerto Rico. “Esta ley válida las actuaciones unilaterales de las organizaciones intermediarias en menoscabo al óptimo tratamiento y al más alto y alcanzable estado de salud del paciente, inclusive poniendo en ocasiones a riesgo la propia vida de quienes necesitan apremiantemente los tratamientos médicos; esta ley permite a quienes no están en contacto directo con el paciente decidir por encima del tratamiento que un profesional de la salud ordena en atención a su diagnóstico”, afirmaron sus representantes.

 

Estas organizaciones están exigiendo que se enmiende el Código de Seguros de Salud “de manera que se eliminen inmediatamente las cláusulas que afectan la prontitud y calidad de servicios al paciente. Cláusulas como el requisito de Pre-Autorización que retrasa los servicios médicos al paciente hasta por 72 horas, en ocasiones poniendo en peligro la vida del paciente; requisitos adicionales al juicio profesional del proveedor sobre qué medicamento amerita un paciente, teniendo éste que esperar hasta 72 horas cuando ya fue evaluado y diagnosticado por un médico; los formularios de medicamentos que limitan los que puede prescribir el médico para ser más efectivo en el tratamiento; la limitación de cantidad a despachar por orden médica, que afecta el éxito de la terapia de medicamentos del paciente y el requerimiento de terapia escalonada, que en ocasiones retrasa el despacho de los medicamentos que el proveedor determinó y conoce por la relación médico-paciente que son los más efectivos y rápidos para tratar una condición”, señalaron.

 

“La Ley 194 resulta ser acomodaticia protegiendo los intereses de las organizaciones intermediarias y no los de los pacientes que requieren de tratamientos libres de interrupciones para mantener una condición saludable. Esta legislación, en la práctica, coloca a las organizaciones intermediarias sobre el profesional de la salud. O sea, se les permite a éstas tomar decisiones de tratamiento, cuando en muchas ocasiones quienes finalmente las ejecutan no cuentan con los estudios y experiencia de los profesionales que atienden directamente a los pacientes”. El grupo enfatizó su planteamiento ante el testimonio de pacientes y profesionales diversos de la salud presentes hoy en conferencia de prensa.

 

Señalaron además, que “aunque la Ley 194 provee para ampliar o mejorar los beneficios a pacientes por parte de las empresas intermediarias, la misma Ley ha servido para que se implementen actuaciones en claro perjuicio hacia los mejores intereses de la salud de los pacientes. Nuestro reclamo como profesionales de la salud y de los pacientes, no es uno de carácter económico, sino de quién debe manejar la salud del paciente. De que nadie tenga la potestad de anteponer sus propios intereses sobre el único interés válido en el ámbito del cuidado de la salud, entiéndase, el bienestar del paciente”.

 

El Colegio de Médicos Cirujanos había previamente presentado su posición al proyecto de ley, sin lograr que el mismo fuera enmendado según los médicos hoy lo reclaman; igualmente ocurrió con lo planteado por la Asociación de Farmacias de la Comunidad. “El nefasto efecto de esta legislación es hoy palpable ante la demora en los servicios de salud que recibe nuestra gente”, concluyeron los galenos.