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  Por el libro
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10 de febrero de 2016

Doctorshoper

En el día de ayer 9 de febrero del 2016 se llevó a cabo una vista pública ante la Comisión de Pequeños y Medianos Negocios, Comercios, Industria y Telecomunicaciones de la Cámara de Representantes de Puerto Rico cual preside Javier Aponte Dalmau con el propósito de evaluar el proyecto del Senado 1370 de la autoría del Senador Ramón Luis Nieves cuyo propósito de crear la Ley para la Competencia  Justa en Servicios de Telecomunicaciones de Información, y Televisión por Paga de Puerto Rico y enmendar el Articulo 111-9 de la Ley 213-1996, conocida como la Ley de Telecomunicaciones de Puerto Rico.

En ponencia emitida por el Departamento de Justicia indico y citamos: No obstante, por los argumentos de política pública que expondremos más adelante, no favorecemos la aprobación de la presente medida. En la ponencia citan que con la Ley 213, no solo se promovió una política pública dirigida para fomentar la competitividad del mercado de las telecomunicaciones en Puerto Rico; sino que, reconoció que el fin que la fundamenta, es el interés público. Lo que significa es que la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones de Puerto Rico es el ente regulatorio responsable de fiscalizar la competitividad de la industria.

El Departamento de Justicia fue más allá en su ponencia indicando lo siguiente: Analizada la medida; y en particular, el Articulo 2(A)14 y el Articulo 4-15 de la medida, somos de la opinión que estos contravienen la política pública implantada por el decreto de emergencia fiscal durante la presenta administración.

El Departamento de Justicia presenta reparos a la aprobación del P de la S 1370.

En el caso de la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones en su ponencia indica y citamos: La materia a atenderse es de jurisdicción federal, porque asi lo delego el Congreso de los Estados Unidos a la Comisión Federal de Telecomunicaciones (en adelante, “FCC” por sus siglas en ingles. La FCC tan reciente como el 12 de marzo del 2015, emitió un Memorando de Opinión y Orden (FCC 15-25) dejando sin efecto legislación aprobada en Carolina del Norte y Tennessee con propósitos similares, limitando la oferta a ofrecerse por entidades públicas. Esta Orden tiene el efecto de ocupar el campo y prohibir que los estados aprueben legislación que prohíba o que tenga el efecto de prohibir la entrada de cualquier participante al mercado de telecomunicaciones, incluyendo el servicio de acceso al internet por subdivisiones del estado.

Lo sorprendente de la ponencia  de la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones donde no respalda la medida del Senador Ramon Luis Nieves es que su ex asesora, la licenciada Gladis A. Maldonado fue la gestora de la medida en el senado y al presente es uno de los miembros de la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones.

Por otro lado en entrevista realizada la pasada ex presidenta de la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones la licenciada Sandra Torres opinó que lo propuesto en el P de la S 1370 no tiene sentido ya que la Junta Reglamentadora tiene la experiencia y los conocimientos además del poder en ley para salvaguardar los derechos de todos los componentes de la industria catalogando la medida como una de índole ridícula.

En www.doctorshoper.com entendemos que el propósito de esta medida es castrar el desarrollo de la infraestructura de banda ancha en Puerto Rico ya que lo que debería preocupar el legislador es del servicio deficiente por el cual están pagando los consumidores en especial aquellos que residen en las zonas rurales de la Isla.