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  Por el libro
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26 de febrero de 2024

El Vocero

La persona que se topa con un carro “limón” tiene como opción ir al concesionario para una reparación o, en una segunda gestión, recurrir al Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO). Sin embargo, se ha abierto otra puerta, esta vez en el foro federal, para aquellos cuyos precios de sus unidades afectadas alcancen los $50,000 o más, lo que a su vez ha levantado la controversia en torno a si la Isla necesita una ley limón criolla, o si ya es un terreno ocupado.

“La definición tradicional de un vehículo limón es aquel que, durante su garantía, se daña más de dos a tres veces por un mismo defecto de importancia. No puede ser una condición menor cualquiera. La frase mágica es que hagan una cosa impropia para los fines que se adquirió. Si es un defecto de importancia y el consumidor le ha dado una oportunidad razonable (al concesionario) para remediar el mismo defecto, ese es el ejemplo más elemental que constituye un carro limón”, explicó el abogado Ignacio García Franco, quien se especializa en casos relacionados con asuntos del consumidor.

A diferencia de los estados, en Puerto Rico no existe una normativa equiparable a la “Ley Limón” para atender esta problemática. En el 2007, se planteó una legislación con ese propósito en ambas cámaras, pero el gobernador de entonces, Aníbal Acevedo Vilá, la rechazó mediante veto.

Acuden a la Ley federal

Acorde con el licenciado, una herramienta importante que los consumidores no están utilizando es la Ley Federal de Garantías, que es conocida como la Ley Limón Federal, con la que los consumidores pueden realizar demandas federales.

“Hace 20 años, cuando yo comencé en estos menesteres, era imposible lograr acceso al foro federal bajo un carro limón porque la Ley Limón Federal dispone que, para poder radicar el caso federal, la cuantía en controversia tiene que ser no menos de $50,000. Hace 20 años los vehículos costaban entre $15,000 a $25,000, y era difícil lograr acceso federal. Pero hoy en día, hasta una bicicleta eléctrica puede costar $20,000”, explicó.

Ante ello, el presidente del Colegio de Técnicos y Mecánicos Automotrices, Julio Bonilla, expuso que acudir a la ley federal no es viable económicamente para todo el mundo, ya que conlleva costos altos que no están en el presupuesto del ciudadano promedio.

“No es viable, porque cuando una persona va a abrir un caso en la corte federal, creo que los costos empiezan en los $5,000, me parece. Hay personas que tienen un vehículo que apenas pueden dar su pago mensual y si esa persona lleva a pie varios meses porque el carro está en el dealer y tiene que alquilar el vehículo o haber comprado otro, pues (radicar una demanda) no es viable para la persona promedio que uno conoce”, sostuvo Bonilla.

Sí admitió, por otro lado, que persiste la necesidad de implementar una ley limón local, que se ajuste a las realidades que enfrentan los consumidores en la Isla, y que fiscalice mejor este tipo de casos.

“Hace falta una ley limón local y que también haya... técnicos automotrices esenciales y colegiados que puedan trabajar con eso, porque el DACO realmente no tiene peritos en mecánica, porque muchas veces quienes atienden estos casos, su expertise es en otras áreas”, dijo.

Con esta última opción también coincide el jurista, tras recalcar que sigue siendo necesaria la implementación de una ley limón local.

“No podemos fomentar una cultura legal en la cual las personas con carros caros de $50,000 o más pueden acudir a la Ley federal y la persona con el vehículo humilde de 25,000; 30,000 o $40,000 no tenga esa opción. Porque la ley limón local lo que haría es equiparar lo que se establece a nivel federal, pero en el nivel local. Además, el propio DACO necesita la ley limón, ya que en la medida que la ley es clara, tiene un campo de operación preciso para, no solamente proteger al consumidor, sino también la propia industria automotriz tiene reglas más claras de cuáles son las normas para ellos cumplir con las garantías”, subrayó García Franco.

Sin revisar el reglamento del DACO

Acorde con el licenciado, la única razón por la que se puede plantear que no es necesaria la ley limón local es porque ya Dacotiene la facultad en ley para adoptarla mediante el reglamento, “pero se han negado a hacerlo por décadas”.

 

Al respecto, la secretaria interina del DACO, LisoannetteGonzález, le confirmó a EL VOCERO que dicho reglamento en efecto no ha recibido enmiendas desde el 2006.

“En estos momentos estamos nosotros revisando todos nuestros reglamentos. Ya estamos en vía... con el reglamento del libro de texto, estamos revisando también el reglamento de estacionamientos, así como todos los demás reglamentos, incluyendo el de condominio, que es bastante reciente. Así que, claro que está siempre la posibilidad y, de existir algún tipo de disposición, se anunciará públicamente, como siempre hemos hecho”, dijo la secretaria. Sin embargo, no especificó si ha habido algún esfuerzo puntual para enmendar el reglamento de garantías.

La secretaria admitió que las querellas radicadas ante la agencia, relacionadas con desperfectos de autos nuevos, son comunes y todos los meses llegan casos nuevos.

Desde el 1 de enero hasta el 28 de diciembre, DACO había recibido 1,766 querellas relacionadas con casos de la industria automotriz, aunque no pudo precisar exactamente cuántas corresponden a las garantías, ya que en el sistema no lo tenían desglosado.

“Hemos recibido muchos casos y hay distintas situaciones, desde la transmisión de un vehículo, hasta querellas incluso del ‘auto play’, que tiene algún defecto y aunque no es un desperfecto mecánico, sí el concesionario tiene que responder. Para eso en el DACO contamos con inspectores de mecánica. En los casos que se remiten a la inspección, ellos son los peritos quienes determinan si en efecto hay alguna situación con un vehículo que constituya algún tipo de desperfecto o lo contrario”, expresó la funcionaria.

La funcionaria del DACO explicó, además, que todos los casos son individuales y los jueces administrativos analizan dependiendo de la prueba que se les presente.

“Nuestros inspectores de mecánica realizan un informe, pero los concesionarios tienen derecho a contratar un perito en mecánica para rebatir el informe si es favorable al consumidor y si ellos entienden que no hay ningún desperfecto, pues ellos van a litigar y a tratar de probar con prueba pericial que no se trata de un desperfecto. Quien finalmente decide es el juez administrativo y la parte que quede afectada por la resolución, pues entonces tendría que recurrir al Tribunal de Apelaciones”, explicó González.

Terreno ocupado

Por su parte, José Ordeix, presidente del Grupo Unido de Importadores de Autos (GUIA), opinó que DACO actúa muy diligentemente en protección del consumidor.

“Para serte franco, los que más quieren proteger al consumidor somos nosotros, las marcas. Así que yo creo que lo primero que tiene que suceder es que haya tiempo para ir al concesionario y que el concesionario pueda explicar en detalle el problema al cliente de lo que está percibiendo”, dijo Ordeix.

“Si el cliente ha expresado claramente la condición, y entiende que es un problema recurrente... y no está satisfecho con la visita del concesionario, siempre está la Oficina Regional de DACO; debe ser donde se ubica el concesionario donde se intentó reparar y se hace una querella para solicitar una inspección conjunta donde está el propietario, el concesionario que vendió el auto o que le dio el servicio y siempre citan al banco que financió”, añadió el ejecutivo.

De encontrarse un desperfecto, el reglamento dispone que el departamento podrá, a opción del comprador, decretar la resolución del contrato o reducir proporcionalmente el precio de venta de acuerdo con el Código Civil de Puerto Rico, en aquellos casos en que el vendedor, dentro de los términos de la garantía de fábrica, tuvo oportunidad razonable para reparar uno o más defectos, pero no quiso o no pudo corregirlos.

Sin embargo, lo que constituye oportunidad razonable para reparar se determinará tomando en consideración las circunstancias particulares de cada caso.

El reglamento también dispone que en la reparación de un vehículo de motor nuevo que exceda un período mayor de cinco días calendario, sin incluir domingo, el consumidor podrá exigir un vehículo de motor de transmisión similar al que dejó en reparación.

Se van a quiebras

El abogado García Franco explicó que, en muchos de los casos, los consumidores acuden a acogerse a quiebra, afectando así su crédito y sus finanzas.

“A veces el vehículo sigue dando tanto problema, que, si cualifican para sacar otro auto financiado a su nombre, lo sacan y entonces entregan el vehículo defectuoso y se van a quiebra. Otro caso es que entregan el vehículo y sacan el nuevo a nombre de un familiar porque su crédito ya está muy comprometido. La compra de un auto tiene un impacto bien grande, ya que es la compra más importante después de la casa en Puerto Rico”, puntualizó el licenciado.