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  Por el libro
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11 de marzo de 2020

Bufete García Franco

Hon. Carmen Salgado Rodríguez
Secretaria del Departamento de Asuntos del Consumidor
San Juan, Puerto Rico


RE: Urgente solicitud de intervención para lograr enmiendas al P. de la C. 1654 (Nuevo Código
Civil), sobre la indispensable figura de saneamiento por vicios ocultos


Estimada Secretaria:
Nos dirigimos a usted con carácter de urgencia ante la inminente aprobación del proyecto de
referencia. De conformidad con la Ley Orgánica del DACO, la agencia tiene entre sus
responsabilidades el ''[rjecomendar la legislación que estime necesaria para proteger al
consumidor". 3 L.P.R.A. sec. 341e(o).
En atención a dicho mandato, le cursamos la presente con el fin de respetuosamente solicitar su
intervención inmediata para que previo a su aprobación, la Asamblea Legislativa incorpore
ciertas enmiendas técnicas a las disposiciones de "saneamiento por vicios ocultos" del proyecto,
de forma que se evite un retroceso en esta vital área de los derechos del consumidor.
Yes que según precisamos más adelante, somos del respetuoso criterio que algunos de los cambios
que se incorporan al nuevo Código Civil en relación a este tema son ambiguos, confusos o en
algunos casos, constituyen un alarmante retroceso al estado de derecho en pro de los
consumidores que día a día adquieren bienes para atender sus necesidades más básicas.
Sabido es que Puerto Rico es una sociedad de alto consumo, desde la compra de enseres, equipos eléctricos, equipos de tecnología avanzada, computadoras, vehículos de motor, etcétera. Por tanto, es indiscutible que las disposiciones de "saneamiento por vicios ocultos" del Código Civil constituyen una de las defensas más importantes que nuestro ordenamiento jurídico le provee a todo ciudadano que compra bienes para atender sus necesidades diarias.

De igual forma, lo cierto es que las disposiciones de "saneamiento por vicios ocultos" del Código
Civil son objeto de una casuística interpretativa extensa de parte del Tribunal Supremo, casuística
que fortalece y suplementa el derecho de los consumidores a comprar bienes que no sólo estén
libres de defectos, sino que verdaderamente funcionen para los fines que fueron adquiridos.
Algunos ejemplos de estos casos lo son Ferrer Delgado v. G.M.C, 100 D.P.R. 246 (1971) y Folanco
V. Cacique Motors, 165DPR156 (2005). Estas protecciones no sólo versan sobre consideraciones de seguridad económica, sino tienen injerencia en la seguridad del consumidor ai utilizar los bienes de consumo que adquiere.

Ante la importancia del tema hemos redactado un "Análisis comparativo de las disposiciones
principales de saneamiento por vicios ocultos entre el Código Civil de Puerto Rico vigente (1930,
según enmendado) y el propuesto por el P. de la C. 1654", el que se aneja a esta carta. Dicho
documento detalla las lagunas, imprecisiones y preocupantes cambios que se incorporan al nuevo
Cogido Civil en relación al tema de "saneamiento por vicios ocultos".

En la parte final del anejo presentamos nuestras recomendaciones de enmienda, las que
consideramos urgentes, pero de carácter técnico. Por tanto, hacemos un llamado urgente para que
haga el mayor esfuerzo con miras a que estas enmiendas o lenguaje similar sean incorporados al
proyecto previo a su aprobación por la Asamblea Legislativa. Habida cuenta la importancia y
delicadeza del tema para el consumidor y seguridad en general, le pedimos que no deje su
intervención como Secretaria del DACO para un proyecto futuro de enmiendas técnicas o para
cuando la Honorable Gobernadora se encuentre evaluando el proyecto luego de su aprobación por
parte de la Legislatura, ya que somos del respetuoso criterioque los consumidores no pueden estar expuestos a la peligrosidady/o incertidumbrejurídica que representa algunas de las disposiciones del nuevo Cogido Civü en relación a este tema.

Considerando que la Honorable Gobernadora, Wanda Vázquez Garced, ha expresado que se
encuentra en un periodo de análisis y reflexión sobre el proyecto con miras a recomendar
eruniendas que garanticen la permanencia de derechos adquiridos, confiamos que su intervención
a través de la Legislatura y/o a través de la oficina de la Honorable Gobernadora logre atender
esta preocupante situación previo a la aprobación de la medida.

Esperamos que nuestros comentarios y sugerencias de enmiendas le sean de utilidad al DACO
para el cabal cumplimiento de sus deberes y funciones de proteger los mejores interese del
consumidor. Además, reiteramos nuestra disponibilidad para reunimos o conversar con usted o
el personal técnico de su oficina, con el fin de aclarar cualquiera de las sugerencias de enmienda
que hemos presentado.

Atentamente,
Ledo. Ignacio García Franco

 

Hon. Wanda Vázquez Garced
Gobernadora
San Juan, Puerto Rico


RE: Urgente solicitud de intervención para lograr enmiendas al P. de la C. 1654 (Nuevo Código
Civil), sobre la indispensable figura de saneamiento por vicios ocultos

Estimada Gobernadora:

Nos dirigimos a usted con carácter de urgencia ante la inminente aprobación del proyecto de
referencia. Aimque nuestra oficina apoya los esfuerzos de la Asamblea Legislativa para modernizar
y/o actualizar el Código Civil de Puerto Rico, luego de una evaluación detenida de las disposiciones
de ''saneamiento por vicios ocultos" del mismo, tuvimos que suscribir la presente.
Además, según ha trascendido, en este momento su oficina se encuentra en im periodo de análisis y reflexión sobre el proyecto con miras a recomendar enmiendas que garanticen la permanencia de derechos adquiridos, por lo que confiamos que su intervención a través de la Legislatura logre atender la preocupante situación objeto de la presente comunicación.

Y es que según precisamos más adelante, somos del respetuoso criterio que algunos de los cambios que se incorporan al nuevo Código Civil en relación a este tema son ambiguos, confusos o en algimos casos, constituyen im alarmante retroceso al estado de derecho en pro de los consumidores que día a día adquieren bienes para atender sus necesidades más básicas.

En cuanto al suscribiente, por los últimos quince (15) años me he destacado como un promotor activo de causas en beneficio de los derechos de los consumidores. Durante dicho periodo de tiempo hemos colaborado con la Asamblea Legislativa y el Departamento de Asimtos del Consumidor (DACO) en la elaboración de numerosas iniciativas en beneficio de los consumidores. Entre las iniciativas en las que hemos colaborado o participado activamente se encuentra el proyecto de la "Ley Limón" de autos ("Ley de Cumplimiento de Garantías de Vehículos de Motor"),i la "Ley de Cumplimiento de Garantías de Generadores Eléctricos" (Ley 107-2019), así como enmiendas al Reglamento Contra Prácticas y 1P. del S. 1006y P. de la C. 2005 (ambos 2005); P. del S. 2281 y P. de la C. 4108(ambos 2007); P. de la C. 23 (2009); P. de la C. 1926(2009); P. de la C. 2648 (2010); P. de la C. 408 (2013). Anuncios Engaños y el Reglamento de Garantías de Vehículos de Motor (Reglamento 7159), entre muchas otras.

Sabido es que Puerto Rico es una sociedad de alto consumo, desde la compra de enseres, equipos eléctricos, equipos de tecnología avanzada, computadoras, vehículos de motor, etcétera. Por tanto, es indiscutible que las disposiciones de "scineamiento por vicios ocultos" del Código Civil constituyen una de las defensas más importantes que nuestro ordenamiento jurídico le provee a todo ciudadano que compra bienes para atender sus necesidades diarias.

De igual forma, lo ciertoes que las disposiciones de "saneamiento por vicios ocultos" del Código Civil son objeto de una casuística interpretativa extensa de parte del Tribunal Supremo, casuística que fortalece y suplementa el derecho de los consumidores a comprar bienes que no sólo estén libres de defectos, sino que verdaderamente funcionen para los fines que fueron adquiridos.

Algunos ejemplos de estos casos lo son Ferrer Delgado v. G.M.C., 100 D.P.R. 246 (1971) y Polanco v. Cacique Motors, 165 DPR156 (2005). Estas protecciones no sólo versan sobre consideraciones de seguridad económica, sino tieneninjerencia en la seguridad del consumidor al utilizar los bienes de consumo que adquiere.

Ante la importancia del tema hemos redactado un "Análisis comparativo de las disposiciones
principales de saneamiento por vicios ocultos entre el CódigoCivil de Puerto Rico vigente (1930, según enmendado) y el propuesto por el P. de la C. 1654", el que se aneja a esta carta. Dicho documento detalla las lagunas, imprecisiones y preocupantes cambios que se incorporanal nuevo Cogido Civil en relación al tema de "saneamiento por vicios ocultos".

En la parte final del anejo presentamos nuestras recomendaciones de enmienda, las que consideramos urgentes, pero de carácter técnico. Por tanto, hacemos un llamado urgente para que haga el mayor esfuerzo con miras a que estas enmiendas o lenguaje similar sean incorporados al proyecto previo a su aprobación por la Asamblea Legislativa. Habida cuenta la importancia y delicadeza del tema para el consumidor y seguridad en general, le pedimos que no deje su intervención como Gobernadora para un proyecto futuro de enmiendas técnicas o para cuando se encuentre evaluando el proyecto luego de su aprobación por parte de la Legislatura, ya que somos del respetuoso criterio que los consumidores no pueden estar expuestos a la peligrosidad y/o incertidumbre jurídica que representa algunas de las disposiciones del nuevo Cogido CivÜ en relación a este tema.

Esperamos que nuestros comentarios y sugerencias de enmiendas le sean de utilidad. Además,
reiteramos nuestra disponibilidad para reunimos o conversar con usted o el personal técnico de su
oficina, con el fin de aclarar cualquiera de las sugerencias de enmienda que hemos presentado.

De igual forma, exhortamos a su oficina a comunicarse con la Secretaria del Departamento de Asuntos del Consumidor, Leda. Carmen Salgado Rodríguez, con quien hemos conversado sobre este tema y quien confiamos coincide con nuestra posición sobre el particular.

Atentamente,
Ledo. Ignacio García Franco