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  Por el libro
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24 de agosto de 2016

Doctorshoper

El pasado 8 de agosto del 2016 el Tribunal de Primera Instancia Sala de Caguas emitió Notificación de Sentencia declarando como NULO el contrato del CESCO de Caguas por parte del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) y Del Mar Investment.

Esta determinación emitida por el Honorable Juez Anthony Cuevas Ramos quien preside la Sala 702 es como consecuencia de una demanda radicada por parte de Downtown Development Corp empresa quien albergaba el CESCO de Caguas contra DTOP por cancelación  de contrato.

El Licenciado Fernando Font Lee quien representa al Demandante Downtown Development Corp había radicado el recurso de Sentencia Sumaria cual el Gobierno de Puerto Rico se oponía a la misma.

En la Sentencia el Tribunal indico lo siguiente:

  1. En relación al contrato para mudar el CESCO de Caguas propiedad de Del Mar Investment OGP no hizo ninguna negociación sobre los términos y en cambio descanso plenamente  en las certificaciones  y representaciones del DTOP contrario a lo que Miguel Torres había indicado en los medios.
  2. Que dicha contratación no estaba acorde con lo dispuesto en el Artículo 22 de la Ley 66-2014 a modo de lograr una reducción de costos en la contratación de los servicios, máxime cuando se excluyó del análisis la propuesta sometida por el Demandante Downtown Development que podía presentar el servicio a costos menores.
  3. Surge de los hechos incontrovertidos que la Secretaria de la Gobernación recibió la solicitud de contratación por parte de DTOP cual indico que no tenía objeción de contratar a Del Mar Investment cual demostraba que fue le Secretaria de la Gobernación y no OGP quien finalmente aprobó dicho contrato.
  4. Que el contrato entre DTOP y Del Mar Investment nunca fue aprobado por la Junta Revisora de Propiedad Inmueble creada bajo la Ley 235-2014 cuyas funciones era evaluar toda solicitud de arrendamiento, denegar o conceder autorización de arrendamiento y realizar análisis financieros respecto a la viabilidad y conveniencia de los arrendamientos y compras de bienes. El propósito de dicha ley era erradicar la proliferación de la práctica gubernamental de arrendar edificios privados para ubicar en ellos oficinas administrativas y de servicios en vez de considerar las propiedades del Gobierno.

El Tribunal declara NULO el contrato entre DTOP y Del Mar Investment y le da 30 días a OGP y a la Autoridad de Edificios Públicos que lleven a cabo un análisis de solicitud de contratación para las facilidades del CESCO de en estricto cumplimiento de las leyes establecidas. Que como parte del proceso tomen en consideración la propuesta del Demandante Downtown Development.

El Tribunal también ordena a DTOP a no realizar pagos prospectivos de renta a Del Mar Investment ya que el contrato es NULO.

En www.doctorshoper.com vemos como otra vez más el Secretario del Departamento de Transportación y Obras Publicas hace de las suyas con el aval del Gobernador Alejandro Garcia Padilla. Vimos el traqueteo en la contratación del CESCO de Carolina, el esquema de las Fotomultas donde no se sabe en entre otros.

Ahora hay que preguntarnos. Cuanto nos va a costar este acto de traqueteo.

Ver a continuación Documento.