Inicio  





 Lo Más Visto
- Grandes empresas anuncian despidos masivos y menos personas piden ayuda por desempleo
- Las ventas de iPhone están cayendo. Esta es la razón
- Piden a la Junta $27 millones para añadir más viajes hacia Vieques y Culebra
- Las 10 mejores ofertas de alimentos según doctorshoper.com
- Ciberataque causa retrasos en muelles de carga




  Por el libro
Bookmark & Share

Alcance del Proyector

 

Para enmendar los Artículos 2 y 12 de la Ley Núm. 7 de 24 de septiembre de 1979,

según enmendada, conocida como “Ley de Garantías de Vehículos de Motor”, a

los efectos de elevar a rango de ley el requisito de los vendedores de vehículos de

motor a notificar, al momento de la venta de un vehículo de motor usado, de

forma escrita y verbal a los consumidores si el mismo ha sufrido una inundación

con anterioridad a la venta del mismo

 

Comentarios y Recomendaciones

Comenzamos estableciendo  que aunque la intención legislativa es loable, entendemos que no es necesario establecer más legislación. 

En www.doctorshoper.com  entendemos que es necesario que este cuerpo legislativo evalué y fiscalice primero lo que ya está establecido en la ley y su cumplimiento antes de crear nuevas enmiendas y/o nueva  legislación.

Se supone que el procedimiento cuando un vehículo Puerto Rico es declarado pérdida total, NO importa la causa por parte de una compañía de seguros, se le notifique a la Oficina del Comisionado de Seguros de Puerto Rico y tanto la Aseguradora y/o el Comisionado de Seguros den de baja el vehículo como chatarra en el Departamento de Transportación y Obras Públicas. Para dar de baja el vehículo y entregar la tablilla del mismo se utiliza el “Vehicle Identification Number” mejor conocido como VIN. Se supone que esa baja se comparta con el manufacturero del vehículo que a la misma vez lo comparte con portales de Internet como Carfax, Kelly Blue Book entre otros.

Se estima que son miles los vehículos de motor inundados por causa del paso de los huracanes Irma y  Maria que las aseguradoras en Puerto Rico han declarado pérdida total. Lo que respaldaríamos es en que se establezcan penalidades a las aseguradoras que no cumplan con lo que se supone que hagan al presente.

Por ejemplo un elemento que va a servir de identificar si el vehículo fue declarado pérdida total pero ilegalmente se vendió en el mercado es cuando el consumidor dueño de ese vehículo lo lleve al concesionario a reclamar cualquier garantía y/o llamado a revisión por parte del manufacturero.

En www.doctorshoper.com estamos consiente de los posibles traqueteos en el mercado como el esquema de lavado de título.

En www.doctorshoper.com le recomendamos a esta Honorable Comisión lo siguiente:

  1.  Que se establezca una campaña de educación sobre cómo identificar un vehículo que ha sufrido inundación antes de adquirir el mismo. Esta campaña puede ser en conjunto con los integrantes de la industria.
  2. Que se actualice o se sustituya el sistema DAVID por parte de DTOP.

Agradezco la oportunidad que nos brinda la Comisión para deponer  y estamos disponible para sus preguntas

Atentamente

Gilberto Arvelo de Doctorshoper.com