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22 de abril de 2010

Attmetfsettlement.com

* Está pendiente un acuerdo propuesto en una demanda colectiva titulada Hall, et al., contra AT&T Mobility LLC, Caso No. 07-05325 (JLL) del Tribunal de Distrito de Nueva Jersey, EE. UU. La demanda alega que AT&T Mobility LLC (en adelante "AT&T Mobility") y sus predecesoras violaron leyes estatales y federales al cobrar a sus clientes la tarifa fija por terminación anticipada ("ETF", early termination fee) en sus contratos de servicio de telefonía celular. AT&T Moblity niega enfáticamente cualquier acto doloso, pero ha accedido a llegar a un acuerdo para evitar la carga y el costo de un litigio adicional.

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* Usted puede ser parte de la demanda si es un suscriptor actual o anterior de telefonía celular AT&T Mobility, que pagó o a quien se le cobró una tarifa fija por terminación anticipada ETF, o cuyo contrato incluía una provisión para una tarifa fija por terminación anticipada ETF, en cualquier momento entre el 1 de enero de 1998 y el 4 de noviembre de 2009, inclusive.

Sus derechos legales se ven afectados aún si no actúa. Lea cuidadosamente este aviso.

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ESTOS DERECHOS Y OPCIONES

– Y LOS PLAZOS LíMITE PARA EJERCERLOS –

SE EXPLICAN EN ESTE AVISO.

INFORMACIóN BáSICA

1. ¿De qué se trata este Aviso?

2. ¿Qué es una demanda colectiva y quién está involucrado?

3. ¿De qué se trata la demanda?

4. ¿Por qué son demandas colectivas?

5. ¿Soy miembro de la demanda colectiva?

LOS TéRMINOS DEL ACUERDO

6. ¿Cuáles son los términos del Acuerdo?

7. ¿Hay dinero disponible actualmente?

SUS DERECHOS Y OPCIONES

8. ¿Qué sucede si no hago nada en absoluto?

9. Si permanezco en la demanda colectiva, ¿a qué reclamos estoy renunciando?

10. ¿Por qué pediría ser excluido?

11. ¿Cómo puedo excluirme del grupo de la demanda colectiva?

12. ¿Cómo puedo presentar una objeción al Acuerdo?

13. ¿Cuándo es la Audiencia de Imparcialidad del Acuerdo?

14. ¿Debo asistir a la Audiencia de Imparcialidad?

15. ¿Puedo intervenir en la Audiencia de Imparcialidad?

LOS ABOGADOS QUE LO REPRESENTAN

16. ¿Cuenta la demanda colectiva con un abogado?

17. ¿Debo contratar a mi propio abogado?

18. ¿Cómo se les pagará a los abogados?

CóMO OBTENER MáS INFORMACIóN

19. ¿Dónde puedo obtener más información?

20. ¿Puedo contactar directamente a AT&T Mobility?

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INFORMACIóN BáSICA

1. ¿De qué se trata este Aviso?

Usted ha recibido este Aviso porque puede ser un cliente actual o anterior de AT&T Mobility que tuvo un contrato de servicio de telefonía celular que contenía una provisión para una tarifa fija por terminación anticipada ETF. Este Aviso explica:

* De qué se tratan la demanda y el Acuerdo.

* A quién afecta el Acuerdo.

* Quién representa a los miembros de la demanda colectiva en el juicio.

* Cuáles son sus derechos legales y opciones.

* Cómo y para cuándo necesita actuar.

2. ¿Qué es una demanda colectiva y quién está involucrado?

En una demanda colectiva, una o más personas llamadas "Representantes del grupo de la demanda colectiva" demandan en nombre de las personas que tienen reclamaciones similares. La personas juntas son llamadas "Grupo" o "Miembros del grupo". En este caso, las personas que iniciaron el juicio (en adelante "Demandantes") y la compañía que está siendo demandada, AT&T Mobility, han alcanzado una propuesta de Acuerdo. El Tribunal ha permitido, o "certificado", una demanda colectiva para los propósitos del acuerdo, y todas las decisiones hechas concernientes al Acuerdo afectarán a todos en el Grupo.

3. ¿De qué se trata la demanda?

La demanda alega que AT&T Mobility violó leyes estatales y federales al imponer una tarifa fija por terminación anticipada ETF. La demanda busca recuperar daños y perjuicios monetarios y cobrar una indemnización, así como un remedio declaratorio y medidas cautelares. AT&T Moblity niega enfáticamente cualquier acto doloso, pero ha accedido a llegar a un acuerdo para evitarla carga y el costo de un litigio adicional. El Acuerdo resuelve reclamos en muchos otros casos y arbitrajes que cuestionan la tarifa fija por terminación anticipada ETF de AT&T Mobility, incluyendo:

* Hall, et al. v. AT&T Mobility LLC, et al., Caso No. 07-05325 (JLL) (Tribunaldel Distrito de Nueva Jersey, EE. UU.);

* Sasik, et al. v. AT&T Wireless Services, Inc., Caso No. 2:05-CV-2346-ABC (CWx) (Tribunal del Distrito de California, EE. UU.);

* Waldmann, et al. v. Cingular Wireless LLC, Case No. 2:07-CV-05087-ABC (CWx) (U.S. District Court, C.D. Cal.);

* Dias, et al. v. AT&T Wireless Services, Inc., et al., No. BC316195 (Tribunal Superior de California, , Condado de Los ángeles);

* Kinkel v. Cingular Wireless LLC, AAAA WIA No. 11 494 02646 06 (arbitraje de la Asociación Estadounidense de Arbitraje);

* Cherrigan et al. v. AT&T Wireless Services, et al., JCCP 4332 (Tribunal Superior de California, Condado de Alameda);

* Ayyad, et al. v. Cingular Wireless LLC, et al., JCCP 4332 (Tribunal Superior de California, Condado de Alameda); y

* Graber v. AT&T Wireless PCS, LLC, et al., Caso No. 50 2004CA004650MB(AI) (Tribunal del Circuito de Florida, Condado de Palm Beach).

4. ¿Por qué son demandas colectivas estos juicios?

Estos juicios son demandas colectivas para propósitos de acuerdo porque cumplen con los requisitos de la Norma 23 de la Normas Federales de Procedimiento Civil. Para ser considerada una demanda colectiva, la Norma 23 exige lo siguiente:

* Que haya demasiados Miembros del Grupo como para unirlos en una sola acción;

* Que existan cuestiones comunes de ley o hechos;

* Que los reclamos del representante del grupo de demanda colectiva sean típicos de los de otros miembros del grupo y su abogado pueda proteger el interés del todo el Grupo; y

* Que una demanda colectiva sea la mejor manera de resolver las reclamaciones y disputas de la demanda.

5. ¿Soy miembro de la demanda colectiva?

Usted es miembro de la demanda colectiva si es una persona en los Estados Unidos que:

* Fue parte de un contrato por una cuenta de telefonía celular con AT&T Mobility y/o sus predecesoras, y le fue cobrada una tarifa fija por terminación anticipada ETF por AT&T Mobility y/o sus predecesoras luego del 1 de enero de 1998 hasta el 4 de noviembre de 2009; O

* Fue o es parte en un contrato por una cuenta de telefonía celular con AT&T Mobility y/o sus predecesoras que incluyó o incluye una provisión para una tarifa fija por terminación anticipada ETF luego del 1 de enero de 1998 hasta el 4 de noviembre de 2009, y que no ha pagado o le han facturado una tarifa fija por terminación anticipada ETF.

LOS TéRMINOS DEL ACUERDO

6. ¿Cuáles son los términos del Acuerdo?

AT&T Mobility pagará $16,000,000 en efectivo y $2,000,000 en beneficios no monetarios en un fondo del acuerdo para el beneficio de los miembros de la demanda colectiva. La compensación es como se detalla a continuación:

* Si puede probar que pagó una tarifa fija por terminación anticipada ETF, o los registros de AT&T Mobility indican que pagó una tarifa fija por terminación anticipada ETF, usted puede enviar un Formulario de Reclamación para recibir hasta $140.

* "Si usted certifica bajo pena de perjurio que pagó por completo una tarifa plana ETF entre e incluyendo el 1 de enero de 1998 y el 4 de noviembre de 2009, pero no puede probarlo y los registros de AT&T Mobility no indican que pagó por completo una tarifa plana ETF, puede enviar un Formulario de Reclamación para recibir hasta $25."

* Si se le hicieron cargos por una tarifa fija por terminación anticipada ETF, o los registros de AT&T Mobility indican que se le hicieron cargos por una tarifa fija por terminación anticipada ETF, pero no pagó en su totalidad y/o no recibió un crédito por el monto total dentro de los 30 días, usted puede enviar un Formulario de Reclamación para recibir hasta $25.

* Se proveerán beneficios no monetarios de hasta $2,000,000 para personas que sean parte en contratos de cuentas de telefonía celular con AT&T Mobility en la fecha en que el tribunal aprobó preliminarmente el acuerdo. Los beneficios no monetarios incluyen: (1) una Tarjeta Prepagada de Larga Distancia AT&T de hasta 200 minutos; o (2) convertir una tarifa fija por terminación anticipada ETF a una ETF prorrateada. La cantidad real recibida o los beneficios no monetarios disponibles (diferentes al beneficio de ETF prorrateada) variarán dependiendo del número de reclamos recibidos.

Para conocer los detalles completos de la distribución de los beneficios del Acuerdo, revise el "Plan de Asignación" disponible en www.ATTMETFSettlement.com/planofallocation.

Todos los costos de administración del Acuerdo, como el costo de notificación, los honorarios de abogados y costos de litigio, serán pagados del fondo del acuerdo antes de su distribución al Grupo. El Acuerdo no libera a los miembros de la demanda colectiva de otras obligaciones presentes o futuras de pagar las ETF que le adeuden a AT&T Mobility.

7. ¿Hay dinero disponible actualmente?

No. Actualmente no hay dinero ni beneficios disponibles debido a que el Tribunal aún no decidió si aprobará el Acuerdo y no se ha convertido en definitivo. No existe garantía de que alguna vez se distribuya dinero o beneficios; sin embargo, si usted desea participar en el Acuerdo, deberá presentar un Formulario de Reclamación. Los Formularios de Reclamación están disponibles en www.ATTMETFSettlement.com/ClaimForm. La fecha límite para enviar Formularios de Reclamación es el 23 de agosto de 2010. Esta fecha puede extenderse.

SUS DERECHOS Y OPCIONES

Usted necesita decidir si desea participar del Acuerdo.

8. ¿Qué sucede si no hago nada en absoluto?

Si no hace nada, automáticamente será considerado como parte del Grupo de Demanda. Sin embargo, para recibir cualquier beneficio del Acuerdo, usted debe enviar un Formulario de Reclamación válido. Los Formularios de Reclamación están disponibles en www.ATTMETFSettlement.com/ClaimForm.

9. Si permanezco en la demanda colectiva, ¿a qué reclamos estoy renunciando?

Si permanece en la demanda colectiva, usted renuncia a su derecho de demandar en un tribunal o arbitraje o a ser parte de cualquier otra demanda o arbitraje contra AT&T Mobility en lo que respecta a cualquier asunto relacionado con la tarifa fija por terminación anticipada ETF o en relación con lo apropiado de su imposición o cobro.

10. ¿Por qué pediría ser excluido?

Usted desea excluirse de este Acuerdo si ya tiene (o tiene intenciones de iniciar) una demanda o arbitraje contra AT&T Mobility por los reclamos descritos arriba y desea continuar esa demanda o arbitraje individualmente por sí mismo. Si usted no se excluye, estará legalmente obligado por todas las órdenes del tribunal en este caso y perderá su derecho a demandar en el tribunal o arbitraje en relación con los asuntos de este caso. Si usted recibió una notificación informándole que es miembro del grupo certificado en los casos Ayyad o Cherrigan, definidos arriba y, si no se excluye a sí mismo de este Acuerdo, usted estará renunciando a su derecho a participar como miembro de las demandas colectivas en esos casos, así como en otros casos relacionados con los asuntos de este caso.

11. ¿Cómo puedo excluirme del grupo de la demanda colectiva?

Usted puede haberse excluido ("salir") del Acuerdo enviando una solicitud por escrito al Administrador de Reclamos con matasellos anterior al 24 de marzo de 2010, a menos que haya recibido un aviso en una postal en idioma español el o después del 7 de abril de 2010, en cuyo caso su fecha límite ha sido extendida hasta el 18 de mayo de 2010. Su solicitud debe hacer referencia a su(s) número(s) celular(es) de AT&T Mobility, debe estar firmada y debe ser enviada a:

AT&T Mobility ETF Settlement Claims Administrator

c/o Rust Consulting

P.O. Box 2266

Faribault, MN 55021-2386

Si desea excluirse del Grupo, no recibirá ningún dinero u otros beneficios del Acuerdo. Sin embargo, mantiene su derecho a demandar o continuar su demanda o arbitraje contra AT&T Mobililty en un caso separado individualmente y por sí mismo por asuntos relacionados con las tarifas fijas por terminación anticipada ETF.

12. ¿Puedo presentar una objeción al Acuerdo?

Sí. Si permanece dentro del Acuerdo, puede objetar todo o parte del Acuerdo. Presentar una objeción simplemente significa decirle al Tribunal que a usted no le agrada algo acerca del Acuerdo. Usted aún estará obligado por todas las órdenes del tribunal, aún si su objeción es rechazada. Todas las objeciones serán consideradas en la Audiencia de Imparcialidad el 24 de junio de 2010. Si no presenta una objeción, renuncia a su derecho a apelar el Acuerdo.

Para presentar una objeción, debe enviar una carta indicando que objeta el Acuerdo en Hall, et al. contra AT&T Mobility LLC. Su solicitud debe incluir su:

* Nombre y dirección.

* Número telefónico de contacto.

* Número de teléfono celular de AT&T Mobility.

* Su firma o la de su representante.

* Razones de la objeción

Las objeciones deben haber sido enviadas a todas las direcciones abajo mencionadas con matasellos anterior al 24 de marzo de 2010, a menos que haya recibido un aviso en una postal en idioma español el o después del 7 de abril de 2010, en cuyo caso su fecha límite ha sido extendida hasta el 18 de mayo de 2010:

Court Class Counsel Defense Counsel

Clerk of the Court

U.S. District Court for the

District of New Jersey

50 Walnut Street

Newark, New Jersey 07101 Brian R. Strange, Esq.

Strange & Carpenter

12100 Wilshire Blvd., Suite 1900

Los Angeles, California 90025

James E. Cecchi, Esq.

Carella, Byrne, Bain, Gilfillan, Cecchi, Stewart & Olstein

5 Becker Farm Road

Roseland, New Jersey 07068 Andrew B. Joseph

Drinker Biddle & Reath LLP

500 Campus Drive

Florham Park, New Jersey 07932

Usted tiene derecho a consultar y/o contratar a un abogado de su elección, al que pagará con su propio dinero, para que le asesore en relación con el Acuerdo, sus derechos y la Audiencia de Imparcialidad. Tiene el derecho, ya sea personalmente o a través de un abogado contratado y pagado por usted, de tratar de intervenir en la demanda.

Los honorarios de los abogados y los incentivos a los Representantes del Grupo serán pagados del fondo del acuerdo. Las solicitudes de honorarios de los Abogados del Grupo de la demanda colectiva estarán disponibles en www.ATTMETFSettlement.com/courtdocuments. Usted puede objetar cualquier solicitud de honorarios enviando su objeción por correo al Tribunal y al Abogado del Grupo de la demanda colectiva a las direcciones que se mencionan más arriba en la pregunta 12 de manera que se reciba hasta el 4 de junio de 2010.

13. ¿Cuándo es la Audiencia de Imparcialidad del Acuerdo?

El tribunal tendrá una Audiencia de Imparcialidad el 24 de junio de 2010, a las 10:00 a. m., en el tribunal de distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Nueva Jersey, localizado en 50 Walnut Street,Newark, Nueva Jersey 07101. El tribunal considerará si:

* El Acuerdo es justo, razonable y adecuado;

* Debe aprobarse el Acuerdo;

* Deben asignarse honorarios de abogados por hasta $6,000,000.00 más reembolsos de gastos razonables;

* Deben concederse incentivos de hasta $2,000 a cada uno de los Representantes del Grupo; y

* Hay objeciones al Acuerdo.

14. ¿Debo asistir a la Audiencia de Imparcialidad?

No. No se requiere su asistencia a la Audiencia de Imparcialidad aún si envía una objeción o comentario por escrito. El Abogado del Grupo de la demanda colectiva está preparado para responder a preguntas en su representación. Sin embargo, usted o su abogado pueden asistir a la audiencia por su propia cuenta.

15. ¿Puedo hablar en la Audiencia de Imparcialidad?

Sí. Puede hablar en la Audiencia de Imparcialidad para objetar el Acuerdo Propuesto o la solicitud de honorarios y gastos de abogados y la concesión de incentivos, pero sólo si envió una objeción por escrito, como se describe más arriba. Su objeción debe incluir una declaración de que desea presentarse y ser escuchado en la Audiencia de Imparcialidad. También puede solicitar una comparecencia a través de un abogado, al que pagará con su propio dinero. Si no lo hace así, el Abogado del Grupo de la demanda colectiva lo representará. Hasta que el tribunal decida si el Acuerdo debe ser aprobado, ni usted ni sus representantes pueden continuar o iniciar una demanda o arbitraje contra AT&T Mobility que se relacione con las tarifas fijas por terminación anticipada ETF.

LOS ABOGADOS QUE LO REPRESENTAN

16. ¿Cuenta la demanda colectiva con un abogado?

Sí. El tribunal designó a las firmas legales de Strange & Carpenter and Carella, Byrne, Bain, Gilfillan, Cecchi, Stewart & Olstein para que los representen a usted y a otros miembros del Grupo. A estos se los llama "Abogados del Grupo de la demanda colectiva". Mayor información acerca de estas firmas de abogados, los tipos de casos que llevan y sus abogados están disponibles en www.strangeandcarpenter.com y www.carellabyrne.com.

17. ¿Debo contratar a mi propio abogado?

No necesita contratar a su propio abogado porque los Abogados del Grupo de la demanda colectiva están trabajando para usted. Sin embargo, puede contratar a un abogado pagado por usted para que lo represente y para que hable por usted.

18. ¿Cómo se les pagará a los abogados?

Los Abogados del Grupo de la demanda colectiva pedirán al tribunal el reembolso de honorarios y gastos incurridos como resultado de esta demanda. El dinero se pagará del fondo del acuerdo de $16,000,000 establecido por AT&T Mobility. Los Abogados del Grupo de la demanda colectiva han acordado no solicitar más de $6,000,000 en honorarios más reembolso de gastos. Los Abogados del Grupo de la demanda colectiva tienen también la intención de solicitar $2,000 en concesiones de incentivo para cada uno de los Representantes del Grupo, Barry Hall, Roman Sasik, David Dickey, Steven Wright, Jane Waldmann, Robert Wise, Jackie Thurman, Richard Chisolm, Mary Pitsikoulis, Debra Lively, Jacqueline Sims y Kiisha Orr.

CóMO OBTENER MáS INFORMACIóN

19. ¿Dónde puedo obtener más información?

Este aviso es sólo un resumen de documentos relevantes del tribunal. Las copias completas de los documentos relacionados con el caso están disponibles en www.ATTMETFSettlement.com/courtdocuments. Si tiene preguntas adicionales, puede:

* Llamar al número gratuito: 1-888-228-0885;

* Visitar la página web del Acuerdo en www.ATTMETFSettlement.com;

* Escribir al Administrador de Reclamos del Acuerdo:

AT&T Mobility ETF Settlement Claims Administrator

c/o Rust Consulting, Inc.

P.O. Box 2266

Faribault, MN 55021-2386; or

* Comunicarse con los Abogados del Grupo de la demanda colectiva identificados más arriba.

20. ¿Puedo contactar directamente a AT&T Mobility?

No. Sírvase no comunicarse con el tribunal ni con los abogados de AT&T Mobility. No están en posición de darle ningún consejo. Sin embargo, los clientes siempre pueden llamar al servicio al cliente de AT&T Mobility para manifestar sus dudas de facturación.