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11 de julio de 2011

El Nuevo Dia

Contrario a sus pretensiones, el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) no podrá intervenir en el pleito sobre los marbetes de los autos "de lujo" en el que buscaba impugnar los honorarios concedidos a los abogados de la parte demandante.

El Tribunal de Apelaciones denegó la solicitud del secretario del DACO, Luis Rivera Marín, cuyo interés en intervenir en el caso se basa en 44 querellas recibidas en esa agencia por parte de miembros de la clase demandante que cuestionan la "razonabilidad" de los honorarios otorgados a los letrados.

Los abogados de los demandantes recibirán el 33% del total de la compensación que el Gobierno otorgue a los contribuyentes a quienes cobró ilegalmente un cargo especial por concepto de marbetes.

"Lo que intenta el secretario es convertirse en abogado de 44 miembros de la clase e introducir en este pleito un nuevo caso sobre el pago de honorarios contra los abogados que han actuado en el pleito como sus únicos representante legales", reza la sentencia del foro apelativo.

El Tribunal de Apelaciones advirtió, además, que la solicitud del titular del DACO "crearía un conflicto en la representación legal de esas personas, y realmente lo que provocaría con su intervención es un nuevo litigio al margen del pleito ya terminado".

En el caso de los llamados "marbetes de lujo", comenzó a ejecutarse la sentencia. Hasta el momento, se han identificado 13,146 personas con derecho a reclamar por el cobro indebido del cargo, y la compensación se estima en casi $4.6 millones. Se espera que esa cifra aumente a medida que se identifiquen más miembros de la clase.

No obstante, la sentencia del Apelativo señala que los miembros de la clase que interesen impugnar el monto de los honorarios pueden hacerlo presentando por sí mismos -no a través del DACO- un reclamo ante el Tribunal de Primera Instancia, y les concede hasta el 31 de julio para completar el trámite.

"En esta etapa del pleito, corresponde al Tribunal de Primera Instancia atender cualquier desacuerdo de los miembros de la clase con sus abogados legítimos y debe hacerlo dentro de este mismo procedimiento, sin interferencias exógenas, ajenas hasta hoy al proceso", enfatiza la determinación judicial.