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  Por el libro
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4 de marzo de 2011

Listin Diario

El Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (ProConsumidor) no descansará hasta lograr que los contratos de adhesión que utilizan los bancos comerciales y demás entidades del sistema financiero sean registrados por ante esa entidad. Su directora, Altagracia Paulino, ha dispuesto todas las herramientas legales que tiene a su favor para lograr el objetivo.

El caso no sólo lo ha llevado a los tribunales, sino que ha buscado el apoyo de organismos internacionales, como Consumers International (CI), para hacer escuchar su voz y recibir de la Asociación de Bancos Comerciales (ABA) una respuesta positiva o de aceptación respecto a lo que por ley considera le corresponde.

Paulino envió una comunicación al director de LISTíN DIARIO, Miguel Franjul, en la que le explica su decisión de hacer valor el derecho de los consumidores. "Después de saludarle, nos estamos dirigiendo a usted con el propósito de ilustrar a la luz de la letra de la ley el carácter de orden público de la ley de Protección a los Derechos del Consumidor, 358-05, ya que se ha querido restar fuerza al artículo 2 de dicha norma…", expresó la directora de ProConsumidor.

Según el artículo, detallado en la carta, las disposiciones referentes al derecho del consumidor y usuario son de orden público, imperativas y de interés social y tendrán un carácter supletorio frente a las disposiciones contempladas en las leyes sectores.

Razón

En el artículo 81, que también hace constar en la comunicación, se establece que los contratos de adhesión o los formularios, vigentes o no a la entrada en vigor de la presente ley, deberán ser remitidos a la Dirección Ejecutiva de Proconsumidor, la que creará un sistema de registro para tales fines, sin perjuicio del registro que deberán llevar a cabo ciertos proveedores ante las autoridades administrativas correspondientes en virtud de leyes especiales. Establece que esta disposición se aplica a todo tipo de contrato, incluyendo los de materia financiera.

Al referir el artículo 22, establece que la dirección ejecutiva de ProConsumidor estará facultada para representar los intereses de la población consumidora ante toda clase de autoridad u organismo público o privado, mediante el ejercicio de las acciones, recursos, trámites o gestiones que sean requeridos.

"En caso de contradicción entre las disposiciones contenidas en las leyes sectoriales y sus reglamentos se aplicará la disposición que resulte más favorable al consumidor. En caso de duda, prevalecerán las disposiciones de la presente ley", establece.

COMUNICACIóN AL DIRECTOR DE LISTíN

EXPLICACIóN: Paulino expresó a Franjul que la dirección ejecutiva de ProConsumidor lo único que ha hecho es reclamar el cumplimiento de la ley, que por ser de orden público obliga a todos los habitantes del territorio nacional como lo establece el artículo 111 de la Constitución de la República.

La misiva fue fechada 2 de marzo de este año. El Senado también le ha brindado su respaldo a la gestión de Paulino. El senador Charlie Mariotti afirmó, raíz de esta situación, que ProConsumidor cuenta con el respaldo y las ejecutorias firmes de ese hemiciclo para lograr que el Estado social democrático y de derecho pase de las palabras a los hechos.