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19 de enero de 2011

Primera Hora

El nuevo sistema, explicó a Primera Hora la directora administrativa de la Administración de Tribunales, la jueza Sonia Ivette Vélez, consiste en hacer un solo pago inicial y eliminar el cobro de sellos y/o derechos que se hacía en cada moción que se radicaba a lo largo de estos casos.

Vélez reconoció que en algunos procesos civiles el cambio podría representar un aumento en lo que tendrán que pagar las partes, pero indicó que en otros la medida podría resultar en ahorros para los litigantes.

Este cambio a un "arancel único" lo dispuso la Ley 47 del 30 de julio de 2009, explicó.

"La ley elimina los aranceles parciales que se cancelaban en los casos civiles. Un caso civil cancela una cantidad de aranceles al principio, de entre $40 y $50, y por cada moción que se presenta en el proceso, el abogado, el ciudadano, tenía que cancelar un arancel", indicó. "Eso conllevaba la adquisición (del sello) en la colecturía, el tener aranceles suficientes y un trabajo engorroso para Secretaría, porque por cada moción que se presenta - y son miles de mociones - Secretaría tenía que hacer un trabajo", abundó.

Explicó que estos sellos "son valores, es dinero; el Contralor los mira, nos hace señalamientos si no trabajamos bien con esos sellos". Relató que el procesarlos conllevaba un extenso proceso que retrasaba incluso el trámite de los casos.

"Todo ese proceso se elimina. Ya no hay ninguna moción que sea necesario para recibirla, que esté acompañada de ese arancel", recalcó.

Para la fijación de los nuevos aranceles iniciales, informó Vélez, la ley dispuso un comité técnico que hizo un análisis y un promedio de los derechos que se pagaban en los distintos casos, "de manera que pudiera consolidar, de forma proporcional, lo que era un costo de un caso y establecer una cantidad única al principio del proceso".

Afirmó: "Ahí es que viene el cambio en los pagos. Eso es lo que se puede observar como un aumento en la presentación inicial, pero que viene acompañado con no tener que cancelar en el resto del proceso".

Aclaró, por otro lado, que esta ley mantiene las exenciones para los casos de indigentes, de menores y de alimentos, así como en los recursos de hábeas corpus y expropiaciones forzosas. "La ley anterior no los cobraba y esta ley mantiene igualmente la exención", expresó.