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  Por el libro
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2 de junio de 2009

El Nuevo Dia

Ayer entró vigor el requisito de presentar el pasaporte para quienes viajan por mar o tierra entre Estados Unidos, México, Canadá y el Caribe. Este documento ya se exigía desde enero del 2007 a todo viajero aéreo, pero se había dilatado su imposición para los demás debido a la avalancha de solicitudes de pasaporte que recibió el Departamento de Estado federal.

Así las cosas, desde ayer, si usted desea viajar a México, Canadá, Bermudas o el Caribe ya sea en barco o por tierra -cruzando las fronteras estadounidenses- no podrá entrar nuevamente a territorio de Estados Unidos a menos que tenga su pasaporte vigente o una identificación similar como el llamado "passport card".

En Puerto Rico, el requisito afecta principalmente a quienes viajan a la República Dominicana en ferries, o aquellos con embarcaciones privadas que navegan entre las islas del Caribe, explicó álvaro Pilar, director de la Autoridad de los Puertos.

Estos viajeros, que hasta el domingo transitaban sin más identificación que su licencia de conducir o su certificado de nacimiento, ahora deberán tener un pasaporte vigente para poder regresar a Puerto Rico, recalcó Pilar.

Exentos algunos cruceros

La reglamentación, sin embargo, no incluye a los viajeros de crucero entre puertos estadounidenses.

Según Pilar, aquellos turistas que viajen a las islas del Caribe oriental en cruceros cuyo puerto de partida y llegada esté en territorio estadounidense, sólo necesitarán su certificado de nacimiento y una identificación con foto para viajar. Esto aún cuando el crucero visite territorios extranjeros, como Martinica o Curazao.

Pilar explicó que los pasajeros de los cruceros que salen del puerto de San Juan hacia las islas del Caribe oriental y regresan nuevamente a San Juan, no necesitarán el pasaporte.

Sin embargo, José Crosas, gerente de ventas de A&A Tours, indicó que la industria de cruceros desde el 2007 realiza una campaña intensa para que sus pasajeros tengan el pasaporte al día.

"Nosotros llevamos ya dos años orientando a las personas que esta reglamentación se iba a imponer, pero hemos sido beneficiados con esa excepción porque aquí, sobre todo los viajeros puertorriqueños, se creen que con la licencia puede llegar hasta la luna", comentó Crosas, cuya empresa representa en Puerto Rico y el Caribe a las líneas de cruceros Royal Caribbean y Celebrity.

A la República con pasaporte

Según el empresario, los más afectados con estos cambios, son aquellas familias numerosas que viajan con cierta regularidad a la República Dominicana y que ahora para hacerlo deberán sacar pasaportes.

Crosas explicó que en el caso de los pasajeros que toman cruceros trasatlánticos (a Europa) o trascanal (que pasan por el Canal de Panamá) estos necesitarán pasaporte para poder regresar a Puerto Rico.

Por su parte, el secretario de Estado Kenneth McClintock dejó claro que las autoridades portuarias no dejarán salir fuera de la jurisdicción de Estados Unidos a ningún pasajero que no tenga su pasaporte válido.

En una entrevista radial (WKAQ), McClintock indicó que en el caso de aquellas personas que no quieren usar el pasaporte estadounidense por sus ideales políticos, si quieren viajar "se podrán ir en yola".

Además del pasaporte, el Departamento de Estado federal está emitiendo desde julio pasado la llamada "Passport Card", que es una tarjeta con un costo menor al pasaporte común. Dicha tarjeta sólo puede utilizarse para cruzar las fronteras por aire y mar.

La licencia mejorada, que ya se emite en algunos estados de Estados Unidos podría utilizarse como pasaporte, pero en Puerto Rico aún no está disponible.

Los niños viajeros

Otra parte de la reglamentación que entra en vigencia es la referente a los viajes de niños estadounidenses y canadienses menores de 16 años.

De acuerdo con la información provista por el Departamento de Estado federal estos menores podrán cruzar las fronteras por tierra o mar, presentando el certificado de nacimiento original o una copia, el documento consular de nacimiento en el extranjero, el certificado de naturalización o el documento de identidad canadiense.

En el caso de grupos de niños menores de 19 años que viajen por tierra o mar en excursiones escolares, con un grupo religioso, organización social o un equipo deportivo, podrán cruzar la frontera bajo la supervisión de adultos con el certificado de nacimiento original o una copia, el documento consular de nacimiento en el extranjero, el certificado de naturalización o el documento de identidad canadiense.