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  Por el libro
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21 de mayo de 2009

El Nuevo Dia

Faltan sólo semanas para que entre en vigor el nuevo aumento en el pago de contribuciones sobre la propiedad residencial dispuesto en la Ley 7 de Emergencia Fiscal, conocido popularmente como el pago al CRIM o "property tax", y son más las interrogantes que las certezas sobre cómo se establecerá ese impuesto.

Lo que sí está claro es que a partir de julio toda propiedad residencial tasada en más $210,000 pagará más en impuestos, así como toda propiedad que no sea su residencia principal, según el Secretario de Hacienda.

Pero el monto del aumento aún no se ha definido. Ante la consideración de las cámaras legislativas se encuentra un proyecto de enmiendas técnicas a la Ley 7 que, de convertirse en ley, cambiaría el monto del impuesto.

Según la medida, que está bajo la consideración de la Comisión de Hacienda de la Cámara, se eliminará la disposición original que establecía en la Ley 7 que el aumento en el pago del Centro de Recaudaciones Municipales (CRIM) sería de un 100%.

Ahora, según el proyecto, el propietario residencial pagará una tasa de 8.83% del valor determinado por el CRIM.

A esos efectos, El Nuevo Día supo que el CRIM tiene preparado un nuevo listado de los valores de las propiedades registradas en su sistema, para utilizarlo como base para determinar el monto de la contribución.

El secretario de Hacienda, Juan Carlos Puig, dijo a este diario que el cambio en el aumento tiene el propósito de unificar el impuesto entre todos los municipios.

Como está dispuesto ahora en la Ley, los residentes de los municipios donde la contribución municipal es más alta, terminarían pagando más que los de pueblos con impuestos más bajos.

Con la nueva enmienda "nos aseguramos que todo el mundo va a pagar el mismo porciento", dijo Puig.

El Secretario explicó además que, una vez aprobados los cambios por la Legislatura, Hacienda emitirá una notificación a cada propietario informándole la cantidad del pago que le corresponde y las fechas para efectuarlo.

El pago por concepto de la contribución especial se deberá pagar en septiembre y en marzo, a nombre del Departamento de Hacienda.

Asimismo, el contribuyente seguirá pagando la cantidad que le corresponda por concepto del CRIM a esa entidad, en los meses de enero y junio.

En las próximas semanas, también deben finiquitarse las conversaciones con la Asociación de Bancos, para determinar cómo cobrarán las instituciones financieras el impuesto, cuando éste se hace a través del pago mensual de la hipoteca.

En estos casos, anticipó el Secretario, el cobro deberá comenzar en julio, de manera que los bancos puedan comenzar a establecer "el pote" con el cual pagarán la primera contribución a Hacienda en el mes de septiembre.

Esta contribución especial entrará en vigor el 1 de julio de este año y permanecerá vigente hasta el 30 de junio de 2013.

¿Quién tiene que pagar?

Viene obligado a pagar la contribución especial toda propiedad residencial que no sea su residencia principal. Además, aquellas propiedades que, aunque sean su residencia principal, tiene un valor de tasación para efectos del CRIM mayor a los $210,000.

El contribuyente pagará el 8.83% del valor tasado tributable. Esto es adicional a la cantidad que ahora usted paga al CRIM.

¿Cómo pago?

En marzo, el contribuyente pagará al Departamento de Hacienda la mitad de la cantidad correspondiente para ese año y la otra mitad en septiembre.

¿Se ofrecerán descuentos para el pago como los ofrecidos al pagar la contribución municipal?

Sí. En caso de que el contribuyente pague el gravamen en marzo, tendrá un 10% de descuento, si paga en abril el descuento será de 5%.