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  Por el libro
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30 de enero de 2006

Por Javier A. Echevarría Vargas
Especial para Negocios

Puerto Rico necesita y requiere la aprobación del Código del Consumidor para resguardar nuestros derechos ciudadanos. Con ese propósito, en la Asamblea Legislativa de Puerto Rico fue sometido el Proyecto de la Cámara 1079, que se encuentra ante la consideración de la Comisión de Asuntos del Consumidor de la Cámara de Representantes.

Este proyecto de Código incluye derechos de suma importancia y de beneficio para nuestros consumidores y, sin lugar a dudas, marcará toda relación de consumo existente y futura. Entre algunos de los derechos de mayor relevancia incorporados en este Código, se encuentran los principios generales de derecho, entre los que se encuentran el derecho a la educación y la divulgación de la información correcta, la libre selección del bien o servicio que van a adquirir, la protección contra la publicidad falsa, engañosa o abusiva, la protección de la vida, la integridad física, la salud y la seguridad contra riesgos por productos defectuosos o nocivos, la reparación por los daños y perjuicios sufridos por los consumidores, y el acceso a los foros administrativos y judiciales, entre otros.

Entre los aspectos importantes de este Código se incluye, por primera vez, un capítulo sobre los Contratos de Adhesión y sobre las cláusulas abusivas.

Entre las cláusulas abusivas de mayor importancia se encuentran, por ejemplo, las que prohíben la prórroga automática de un contrato de duración determinada si el consumidor no se manifiesta en contra, la reserva a favor del comerciante de facultades de interpretación o modificación unilateral del contrato sin motivos válidos; la limitación o exclusión sin justa causa de la facultad del consumidor de terminar el contrato por incumplimiento del comerciante; la previsión de pactos de sumisión a un foro adjudicador distinto del que corresponda al domicilio del consumidor; la sumisión del contrato a un derecho extranjero con respecto al lugar donde el consumidor realizó el negocio jurídico; y las cláusulas que establezcan que el silencio del consumidor se tendrá por aceptación de cualquier modificación, restricción o ampliación de lo pactado en el contrato.

Un proyecto de ley similar fue aprobado, con el respaldo tripartita, en la Asamblea Legislativa durante el 2004, pero posteriormente fue vetado por la gobernadora Sila M. Calderón. Esa iniciativa fue producto de un arduo esfuerzo durante un prolongado período de tiempo en el que fueron consultados juristas, comerciantes, asociaciones del sector privado, agencias gubernamentales y ciudadanos privados.

Este proyecto es uno sin paralelo en nuestra historia, y posee la aspiración de proteger a la ciudadanía al crear un ambiente saludable para el adecuado intercambio de bienes y servicios.

Esa iniciativa no sólo se plantea como proteccionista para los consumidores, sino que también surge ante el reclamo de múltiples comerciantes legítimos que solicitaban una guía clara sobre cuáles son sus responsabilidades y deberes ante el público.

Además, fue la petición de varios comerciantes que solicitaban la aprobación de normas que prohíban conductas impropias, pues el censurable comportamiento de algunos de sus competidores constituía prácticas injustas de negocios.

Durante estos últimos años, se ha generado una tendencia a desarrollar nuevos conceptos de mercadeo para los que el Ordenamiento Jurídico no ha desarrollado respuestas adecuadas en beneficio de la ciudadanía. Es por esa razón que debemos revisar nuestras normas legales para responder con acierto a esa realidad contemporánea.

En este esfuerzo no podemos abandonar a nuestros legisladores ante la presión de los cabilderos del comercio, que anhelan detener esta iniciativa de profunda justicia social.

El propuesto Código del Consumidor será una eficiente herramienta de protección para los derechos de los ciudadanos, actuando en su capacidad de consumidores.

De aprobarse esta legislación, ello representará que Puerto Rico nuevamente se identificará como pionero de esta área de derecho, y expone ante el mundo nuestro serio e inquebrantable compromiso de proteger al consumidor que es la parte más débil en una transacción de consumo.

Esa medida legislativa será un evidente y profundo legado que podremos dejar en beneficio de los mejores intereses de nuestra sociedad. [N]

El autor es ex secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor.