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  Pa'que te montes
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27 de febrero de 2007

Por Ignacio García www.limonauto.com





La regla 19.1 del Reglamento de Garantías de Vehículos de Motor del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) dispone que siempre que la reparación en garantía de un vehículo de motor exceda un período mayor de cinco días calendario, el concesionario que le este brindando servicio al auto esta obligado a brindarle al consumidor un vehículo sustituto similar al que dejó en reparación.





Sin embargo, de acuerdo a Ignacio García, presidente de www.limonauto.com , ente sin fines de lucro especializado en asistir a consumidores en reclamaciones de vehículos problemáticos, existe un patrón alarmante de concesionarios que continúan dejando a los consumidores sin transportación alterna según lo requiere la ley.


"Lo que estamos viendo es que una gran cantidad de concesionarios continúan dejando a los consumidores a pie por hasta semanas a la vez. No importa que el consumidor sepa que tiene derecho a un vehículo sustituto, los concesionarios buscan cualquier excusa para no prestarle un vehículo al consumidor y hasta a veces lo retan a acudir al DACO", dijo García.


"Los concesionarios saben que como una querella ante el DACO seguramente se demorara varias semanas o meses en dilucidarse, el vehículo del consumidor ya estaría reparado al momento que la agencia finalmente emita una orden para que se le preste un auto al consumidor. Ante esta situación, muchos consumidores dejan de acudir al DACO y prefieren resolver su falta de transportación de la mejor manera posible, aunque esto le cueste dinero de su bolsillo en alquiler de autos", añadió García.


García recordó que según el informe que rindió la Comisión cameral de Asuntos del Consumidor bajo la Resolución número 50, existe un patrón de incumplimiento en la prestación de vehículos sustitutos a los consumidores por parte de los concesionarios que se debe en parte a que muchos consumidores desconocen el alcance de sus derechos. Según García, el informe se equivoca al atribuirle parte de la responsabilidad al consumidor por el incumplimiento de ley de los concesionarios.


"Mientras aplaudo la investigación que hizo la Comisión cameral de Asuntos del Consumidor sobre este asunto, entiendo que parte de su conclusión esta totalmente equivocada. La gran mayoría de los consumidores conocen muy bien su derecho a obtener un vehículo sustituto, lo que pasa es que en este momento no existe un mecanismo eficiente para hacer valer dicho derecho", indicó García.


Asimismo, García destacó que, según el informe que su entidad le entrego a la Comisión cuando se encontraban investigación esta situación, en 75% de las visitas de servicio en garantía que se exceden de cinco días los concesionarios nunca le prestan un vehículo sustituto al consumidor según lo requiere la ley. Dicho informe analizo 44 querellas presentadas por consumidores ante el DACO, muchas de las cuales habían concluido el procedimiento ante la agencia sin que se le emitiera multa alguna al concesionario.


"Para efectivamente atender esta situación se tiene que no solo reformar el procedimiento actual para el manejo de este tipo de reclamación, sino también se tiene que establecer una política publica de cero tolerancia hacia este tipo de incumplimiento de ley por parte del DACO. En Puerto Rico todos dependen de su auto para cumplir con sus obligaciones diarias, por ende, no se puede permitir que los concesionarios continúen dejando a los consumidores a pie en incumplimiento de la ley", puntualizó García.