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  Pa'que te montes
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13 de julio de 2007

Por: Primera Hora


La licencia de aprendizaje, ese rito cultural de transición a la adultez, se ha tornado un poco más restrictiva con la firma de una nueva ley que limita las horas que tienen los aprendices para guiar sus vehículos y que obliga al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) a notificar las multas de tránsito de éstos a sus padres o tutores.


El aprendiz sólo podrá conducir un vehículo si está acompañado, específicamente al lado suyo en el asiento del pasajero, por un conductor autorizado de 21 años o más. La capacidad de guiar se limita a las horas entre las 6:00 de la mañana y 10:00 de la noche, durante los seis meses mínimos que tienen que pasar como aprendices.


"La persona que estuviere al lado del aprendiz deberá estar en condiciones físicas y mentales que le permitan actuar e instruir al aprendiz y hacerse cargo del manejo del vehículo, si ello fuera necesario", añade el estatuto.


La legislación se origina en dos proyectos del senador popular Juan Eugenio Hernández Mayoral que inicialmente eran más restrictivos en cuanto a las horas. Además, disponían que el aprendiz con una "sentencia en su contra" relacionada con tránsito tenía que tomar un curso antes del examen práctico.


Ahora, la "sentencia en su contra" es una causa para que no se le dé la licencia regular. Haber causado o estar involucrado en un accidente de tránsito, conducir bajo los efectos del alcohol, "regatear" o participar en carreras ilegales, conducir de forma imprudente o temeraria, rebasar los límites de velocidad, y hasta conducir sin cinturón de seguridad son todas conductas que pueden activar la prohibición.


En cuanto a la notificación de las multas, una ley separada añade como un nuevo requisito para obtener la licencia de aprendizaje el que "la persona con patria potestad o el tutor bajo cuya custodia se encuentre el menor acceda, mediante escrito presentado al Secretario (del DTOP), a hacerse responsable y deberá ser notificado administrativamente por escrito de todas las multas que se impusieren a dicho menor por cualquier infracción a esta Ley y al pago de los daños y perjuicios que dicho menor causare".


Todas estas restricciones son de aplicación cuando el solicitante de la licencia está entre los 16 y 18 años, la edad que la ley distingue con la clasificación de "aprendiz".