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  Que no te cojan de...
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13 de noviembre de 2007

Por: El Nuevo Día

Quizás conoces casos de personas de edad avanzada a quienes sus hijos -o algunos de sus hijos- dejan en el olvido y hasta en el abandono. Quizás lo has vivido.

Aquellas personas de 60 años o más que enfrentan necesidad -económica o no- y que no reciben la ayuda de sus hijos o descendientes adultos pueden solicitar una orden de pensión alimentaria a través del Programa para el Sustento de Personas de Edad Avanzada (Prospera).

“Nuestra política pública es que los responsables primarios del sustento y cuidado de las personas de edad avanzada se hagan cargo, y esos responsables son sus descendientes directos, sus hijos, nietos (bisnietos, siempre que sean adultos). En un caso donde ninguno pueda hacerse cargo, el Estado debe hacerse responsable”, explica el licenciado Alfonso Ramos Torres, titular de la Administración para el Sustento de Menores (Asume), agencia a cargo del programa.

A través de Prospera, se localiza a los encargados del sustento de la persona de edad avanzada. Luego, se coordina una reunión en la que mediadores ayudan a los involucrados a lograr acuerdos. A juzgar por lo que reportan los funcionarios de Asume, la iniciativa está teniendo éxito ya que la mayoría de los casos atendidos desde 2001 hasta el presente se ha resuelto con mediación.

“Yo siempre digo que es bien difícil no tener dinero ni tener tiempo... si trabajas mucho tienes entonces que hacer una aportación económica o hacerte cargo los fines de semana”.
Alfonso Ramos Torres, titular de Asume

Todo comenzó en el año 2000 cuando se usó como modelo la Ley para el Sustento de Menores. Sin embargo, no se tomó en cuenta que las necesidades de los envejecientes son diferentes a las de los niños, así como su realidad jurídica. Al ver que en un año sólo hubo tres solicitudes de servicio se consultó con los afectados mediante grupos focales. “El menor no tiene capacidad jurídica y no puede tomar decisiones. A personas de edad avanzada un proceso igual les quitaba la capacidad de autonomía personal, de tomar decisiones en su caso”, reconoce Ramos Torres.

Más aún, estas personas -que a veces sentían que todavía tenían algún tipo de responsabilidad con sus hijos- no querían confrontar a su prole en los tribunales. Un elemento crucial para la redacción de la nueva ley fue encontrar que las necesidades más apremiantes para los participantes no eran económicas.

Así que se repensó el trámite para incluir la mediación como el primer paso, dejando el tribunal como segunda opción. Además, se incluyeron responsabilidades no económicas como cuidarlos, llevarlos a las citas, hacerles compra, lavarles ropa, limpiar su casa, cocinarles, llevarlos de paseo, bañarlos, entre otras.

A quienes no vivan cerca o no tengan tiempo, se les pide una aportación económica. En casos donde uno de los hijos se hace cargo de la responsabilidad total, ese hijo tiene derecho de solicitar nivelación de sus hermanos.

“Yo siempre digo que es bien difícil no tener dinero ni tener tiempo... si trabajas mucho tienes entonces que hacer una aportación económica o hacerte cargo los fines de semana”, afirma Ramos Torres.

Aclara que diferente a los casos de menores, aquí no se compromete a la sociedad legal de bienes gananciales, por lo que los cónyuges no tienen obligación.

Quien incumple con los acuerdos de la pensión alimentaria establecida será citado por Prospera y de no haber respuesta se puede presentar el caso ante el tribunal para el trámite correspondiente.

El principal beneficio de la mediación, además de que muchas veces permite que los familiares se reúnan y hasta se conozcan (cuando son producto de diferentes relaciones), es que les deja tener voz y voto, hacer todos sus planteamientos y dilucidarlos hasta encontrar términos medios. Todo esto ocurre en un lugar neutral donde un mediador o una mediadora facilita el proceso.

En un tribunal, el juez es quien controla la discusión y quien toma las determinaciones finales, según su criterio. Y aparte de esto, la carga emocional de ser citado a la corte suele ser muy fuerte.
“El tribunal determina en derecho quién tiene responsabilidad y de acuerdo con los ingresos se hace la determinación de quién tiene que hacer qué”, advierte la licenciada Laura González Lugo, mediadora de Prospera.

La abogada destaca que hay casos resueltos por el tribunal en los que nadie sale complacido con la determinación, en cambio a través de la mediación todos tienen un foro para ventilar su realidad, sus ideas y “les permite llegar a un acuerdo con el que puedan vivir”.