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  Por el libro
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26 de febrero de 2019

Emanuel Sunchine Logroño

Mis saludos a todos los presentes.  Comienzo agradeciendo la oportunidad que la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes nos brinda para poder exponer nuestro punto de vista, en cuanto al Proyecto de la Cámara 1795; el cual tiene como norte establecer que la colegiación de las personas autorizadas a ejercer como Productor de Espectáculos en Puerto Rico sea una de carácter voluntario.  Yo apoyo el propósito que persigue este proyecto, por las razones que a continuación mencionaré.

Inicié mi carrera como actor hace cerca de 35 años y desde el año 1984 comencé a trabajar como productor, tanto de espacios televisivos como de espectáculos públicos.  Mi compañía, Producciones Sanco, ha estado a cargo de la producción de espectáculos para todo tipo de público, como por ejemplo:  el musical infantil “El Coquí que Quiso ser Sapo”, “Club Sunshine: De Cabaret”,  el concierto “Peyton Place Blues: Donde todo Comenzó”, “Los Rayos Gamma” y varias giras de stand-up comedy para actores, entre los que se encuentran: Danilo Beauchamp, Francis Rosas, Alfonso Alemán y este servidor.  Cada uno de estos espectáculos ha contratado localmente a actores, personal de vestuario, sonido, utilería, publicidad, seguridad y servicios de catering, entre otros, generando así cientos de empleos y contribuyendo a la economía del país, que no cabe duda lo necesita enormemente.

Desde el año 1999 pertenezco al Colegio de Productores de Espectáculos de Puerto Rico, no por opción, sino por imposición.  Con la aprobación de la Ley 113 de 2005, que creó el “Colegio de Productores de Espectáculos Públicos de Puerto Rico”, inició una organización que, en lugar de servir a quienes por años nos hemos dedicado a esta profesión, lo que ha hecho es entorpecer y limitar el nacimiento de nuevas compañías.  Al final del día, esto lo que ocasiona es impedir el crecimiento de esta industria y la creación de nuevos empleos. 

En Puerto Rico existe la Oficina de Servicios al Promotor de Espectáculos Públicos, la cual desde su creación ha sido la encargada de reglamentar y otorgar las licencias de quienes quieran ejercer como productores de espectáculos en la Isla.  Por lo tanto, el Colegio no hace otra cosa que cobrar una cuota anual por un trabajo que ellos no realizan, sino que lo hace la oficina antes mencionada.  Imponerle a un ciudadano, en este caso un productor, que se asocie obligatoriamente a una entidad para poder ejercer una profesión para la cual está autorizado por el Estado, es a todas luces inconstitucional; ya que viola el derecho a la libre asociación que a todos nos cobija.  Sobre el particular, nuestra Constitución expresa que "[l]as personas podrán asociarse y organizarse libremente para cualquier fin lícito, salvo en organizaciones militares o cuasi militares" (Const. PR, Art. II Sec. 6).  Entonces, ¿por qué continuar obligando a los productores a pertenecer a una organización como requisito indispensable para poder ejercer su profesión?

Cada vez que se menciona la eliminación de las colegiaciones compulsorias, los colegios indican que su eliminación iría en contra del mejor interés del público, porque el estar colegiado para ellos es una especie de “garantía de calidad” para el ciudadano que contrate, en este caso, a un productor.  Esto está lejos de la verdad porque, en primer lugar, cada productor que quiere ejercer en Puerto Rico tiene que completar los requisitos que la Oficina de Servicios al Promotor de Espectáculos Públicos exige, como:  la presentación de pólizas de seguro privado de responsabilidad pública, del Fondo de Seguro de Estado y fianzas para cada evento.  Una vez completados todos los requisitos, es que se le expide una licencia.  El ciudadano que contrate a un productor, puede exigirle ver esa licencia o indagar en la oficina gubernamental antes mencionada si la persona a quien desea contratar, está debidamente licenciada.  Por lo tanto, no hay que tener un Colegio para eso.

Segundo, si un productor debidamente licenciado incurre en alguna falta, la Oficina de Servicios al Promotor puede tomar acción imponiendo multas de hasta $10,000 o incluso revocando la licencia expedida; por lo que tampoco hace falta un Colegio externo que regule la profesión, porque en efecto, quien siempre la ha regulado es el Gobierno.

El Colegio, por el contrario, puede ser un impedimento para el desarrollo de nuevos profesionales; ya que quienes pasan juicio sobre los que solicitan una licencia para ejercer como productores son a su vez productores activos en el campo, lo que puede verse como un conflicto de interés.  ¿Podemos estar completamente seguros de que no se han negado licencias a nuevos productores porque quienes forman parte del colegio ven a ese nuevo productor como competencia?

Hace ya algunos años, hubo muchísimo debate sobre la colegiación compulsoria cuando se puso sobre la mesa la eliminación de la colegiación de los abogados en Puerto Rico.  El debate era casi idéntico al de ahora; ¿quién regularía la profesión?  ¿Cómo se velaría por que los abogados se mantuvieran al día con sus cursos de educación continua?  ¿Cómo el ciudadano sabría si la persona estaba autorizada a ejercer como abogado en Puerto Rico?  Sobre los abogados, el Tribunal Supremo era quien los autorizaba a ejercer cuando la colegiación era compulsoria, y es quien sigue otorgando la licencia, para esto no era necesario un colegio externo.  Es el Tribunal Supremo quien vela porque los requisitos de Educación Continua de los abogados estén al día.  Incluso en cuanto a los cursos, han surgido nuevas compañías que ofrecen los mismos, por lo que los abogados se han beneficiado teniendo mayor variedad de dónde escoger.  A través de la página de Internet de la Rama Judicial, cada ciudadano puede verificar, de así desearlo, si un abogado en particular está debidamente licenciado.  Todo esto sin que intervenga el Colegio. 

El Colegio de Abogados no dejó de existir.  Quienes no querían continuar colegiados de manera obligatoria, pudieron irse e incluso afiliarse a otras entidades; pero, aún hay miles de abogados que continúan colegiados porque la entidad se ha ido moviendo a ofrecer servicios necesarios a su matrícula.  Por ejemplo, a cambio de la colegiación, los abogados reciben en la sede del Colegio un espacio en el que pueden realizar reuniones con clientes cuando lo necesiten, reciben descuentos en cursos de educación continua; así como descuentos en otros servicios de alquiler de equipo, restaurantes y seguros, por solo mencionar algunos.

¿Qué recibimos los productores a cambio de la cuota que anualmente pagamos al Colegio?  ¿De qué manera ha mejorado la producción de espectáculos en la Isla porque el Colegio de Productores existe?  ¿Cómo se ha beneficiado el público que asiste a los espectáculos?  La respuesta a todas estas interrogantes es fácil.  Nada ha cambiado porque el Colegio exista.  La colegiación es meramente un requisito adicional con el que tenemos que cumplir para poder ejercer la profesión que escogimos y que viene a encarecer los costos de hacer negocios en Puerto Rico.

No estamos en contra de la existencia del Colegio de Productores de Espectáculos Públicos de Puerto Rico.  Solo estamos en contra de que se nos obligue a pertenecer al mismo.  La Constitución de Puerto Rico, al igual que la de Estados Unidos, nos permite asociarnos libremente y ese derecho se nos violenta cuando para ejercer la profesión para la cual estamos debidamente licenciados por el Estado, se nos impone el requisito de pagar cuotas y pertenecer a una organización.  El Colegio de Productores no regula la profesión en Puerto Rico.  Simplemente, es una entidad paralela y cada productor debe poder decidir si quiere pertenecer a este, de una manera libre y voluntaria.

Una vez más agradezco la oportunidad que esta Comisión me brinda en expresarme en torno a este proyecto.  Espero que el mismo sea aprobado, respetando así nuestro derecho constitucional a pertenecer a las organizaciones que escojamos.